El Segundo Juzgado de Letras de Copiapó rechazó la acción de amparo de aguas presentada por la Municipalidad de Copiapó contra la Junta de Vigilancia del Río Copiapó y sus Afluentes (JVRC), confirmando que la organización actuó conforme a derecho y dentro de sus atribuciones.
El fallo —dictado el 10 de noviembre de 2025— dictado por el juez Cristian Marchant lillo, señala que no existieron entorpecimientos ni hechos recientes atribuibles a la JVRC, y que la acción del municipio buscaba modificar el punto de captación de sus aguas sin autorización de la Dirección General de Aguas (DGA), contraviniendo el artículo 163 del Código de Aguas.
«El tribunal concluye que la Municipalidad no acreditó hechos recientes ni perjuicios ocasionados por la Junta de Vigilancia del Río Copiapó y que la via de amparo no es el medio idóneo para tramitar el medio de captación», señalo la sentencia
Esta resolución ratifica la correcta gestión y administración del recurso hídrico que realiza la JVRC, reafirmando su compromiso con la transparencia, la legalidad y la equidad en la distribución de las aguas del río Copiapó. 💧
“Este fallo confirma lo que siempre hemos sostenido: la Junta de Vigilancia actúa dentro del marco legal, garantizando una distribución técnica y justa del recurso hídrico.”
Desde la JVRC valoramos la resolución destacando que este fallo refuerza la trasparencia y responsablidad con la que la organización gestiona los recursos hídricos de la cuenca, en un contexto de creciente escasez y alta sensibilidad social.
📅 Sentencia: 10 de noviembre de 2025
👨⚖️ Juez: Cristián Marchant Lillo
📍 Segundo Juzgado de Letras de Copiapó
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