Comportamiento Embalse Lautaro (Altura)

08 03 2024
Altura Embalse (m)12,55

Jurisdicción

La Junta ejercerá la acción y los derechos que le otorgan sus estatutos, el Código de Aguas y las leyes aplicables, en el Río Copiapó y sus Afluentes, desde las nacientes cordilleranas, lagunas, vegas y glaciares, que dan origen al conjunto de los ríos y quebradas que forman parte de las sub-cuencas de los Ríos Jorquera, Pulido y Manflas y todas las sub-cuencas aportantes que se encuentran hasta la ciudad de Copiapó.
Estas aguas se encuentran divididas en 9 distritos de riego.


Quedan incluidos en su jurisdicción el Embalse Lautaro, el tranque acumulador de Cerrillos y los canales construidos y unificados por la Dirección de Riego del Ministerio de Obras Públicas denominados Canal Compuertas Negras, Canal Mal Paso Chico y Canal Mal Paso.
La acción de la Junta de Vigilancia comprenderá tanto la administración y distribución de las aguas entre sus miembros, como la jurisdicción que le confiere la ley sobre éstos y la competencia que más allá de los estatutos le reconoce la ley.
La acción de la Junta no se extiende al interior de los canales o cauces artificiales, y sólo llega hasta el dispositivo aforador del agua, ubicado en la bocatoma en el río de cada canal de distribución o grupo de canales unificados con bocatoma común, que extraigan aguas en conformidad a sus derechos y lo dispuesto en la Ley.